¿Qué es un trámite de traspaso de vehículo?

Es el trámite vehicular que se debe realizar para legalizar la transferencia del derecho de dominio de un vehículo.

¿Donde se realiza el trámite de traspaso de un vehículo?

El trámite únicamente se puede realizar en la oficina de tránsito del municipio donde se encuentra matriculado el vehículo.

¿Cómo se realiza el trámite de traspaso de un vehículo?

Reuniendo todos los documentos exigidos por la ley y presentarlos de forma organizada en la oficina de tránsito correspondiente.

¿Cuales son los requisitos exigidos para poder realizar el traspaso de un vehículo?

  • Contrato de compraventa debidamente firma
  • Poder del VENDEDOR donde autoriza al tramitador a realizar el trámite.
  • Poder del COMPRADOR donde autoriza al tramitador a realizar el trámite.
  • Formulario de trámites debidamente diligenciado 
  • Fotocopia de cédula del COMPRADOR.
  • Fotocopia de cédula del VENDEDOR.
  • Fotocopia de la tarjeta de propiedad del vehículo
  • Improntas del vehículo
  • El vehículo debe de estar a paz y salvo por concepto de impuestos.
  • El comprador y el vendedor no deben tener multas de tránsito.
  • El vehículo no debe tener ningún tipo de limitación a la propiedad.
  • Tanto el COMPRADOR como el VENDEDOR deben de estar inscritos en el RUNT.

¿Que pasa si el comprador o el vendedor del vehículo es una persona jurídica?

Se debe anexar fotocopia del Certificado de Existencia y Representación legal  de la empresa junto con la fotocopia de cédula del represetante legal.

¿Cuánto cuesta realizar un trámite de traspaso?

En un trámite de traspaso normalmente se realizan tres pagos:

  • Lo que cobra la oficina de tránsito por el trámite. Cada tránsito tiene sus tarifas.
  • La retención en la fuente la cual depende del modelo y de la marca del vehículo.
  • Los honorarios del tramitador.

¿Quién debe realizar el trámite de traspaso?

Hay dos formas:

  • Tanto el comprador como el vendedor deben ir personalmente a la oficina de tránsito a realizar el trámite
  • El comprador o el vendedor autorizan a otra persona (tramitador) a representarlo en la oficina de tránsito.

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