Es un impuesto que se aplica sobre la propiedad o posesión de los vehículos que se encuentren matriculados en cualquier oficina de tránsito del país.
Por ley, este impuesto se causa el 1° de enero de cada año. Cada departamento establece la fecha límite para pagar este impuesto.
Normalmente la fecha límite para pagarlo es cercano al 30 de junio de cada año.
El valor sobre el cual se aplica la tarifa para obtener el impuesto respectivo es el avalúo comercial de los vehículos establecido por el Ministerio de Transporte todos los meses de noviembre del año inmediatamente anterior.
La tarifa a pagar puede ser:
Para servicio particular:
Para motocicleta:
1.5% del avalúo cuando el cilidraje de la motocicleta es mayor a 125CC
Si no se declara el impuesto vehicular dentro de los plazos máximos establecidos, se recibe una sanción económica por extemporaneidad.
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